tema: Enfoque de género en el lenguaje utilizado en las decisiones judiciales en caso de víctima de violencia sexual
2018-05-01T00:00:00.000Z
La Corte Constitucional reiteró la regla general de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, atendiendo al deber de agotar todos los recursos ordinarios.
Se estableció que la acción de tutela puede ser procedente para analizar el lenguaje utilizado por el juez en la sentencia cuando este pueda llevar a desconocer postulados constitucionales.
En un caso específico, se consideró que las expresiones de la autoridad judicial podrían vulnerar derechos fundamentales como la dignidad humana, el debido proceso y el acceso a un recurso judicial efectivo.
Se concluyó que la sentencia judicial puede generar la vulneración de diversos derechos fundamentales, no solo el debido proceso, y que la acción de tutela puede ser procedente para remediar dichas vulneraciones.
Corte Constitucional. Sala Séptima de Revisión de Tutelas. Magistrado Ponente: Cristina Pardo Schlesinger. Sentencia del 12 de abril de 2018.