Tema: La reliquidación de la mesada pensional no es un asunto conciliable.
2018-02-01T00:00:00.000Z
El H. Consejo de Estado en reciente pronunciamiento señaló que el derecho constitucional a la seguridad social no es conciliable debido a la importancia del mismo en un Estado Social de Derecho como el Colombiano, que busca garantizar la calidad de vida de todos sus asociados y proteger las contingencias que puedan afectar la dignidad humana como lo son la invalidez, la vejez y la muerte.
En el caso objeto de estudio, el Alto Tribunal llegó a la conclusión que la cuantía de la mesada pensional forma parte del núcleo básico de este derecho, resultando desacertadas las posiciones que pretenden hacerle ver como un aspecto meramente accesorio o complementario al derecho pensional. De allí que las controversias en las que se debata su cuantía o que, en otras palabras, involucren pretensiones de reliquidación de la mesada pensional no sean conciliables y, por consiguiente, se encuentren exentas de cumplir con el requisito de procedibilidad.
Consejo de Estado, Sección Segunda, C.P.: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ. Rad. 50001-23-31-000-2012-00206-01. (Nota de relatoría del Despacho 01 del Tribunal Administrativo “Desde el Magdalena fortaleciendo el conocimiento jurídico”.)