Tema: Legitimación en la causa por activa de aseguradoras para demandar actos de procesos sancionatorios.

2018-04-01T00:00:00.000Z

La Sección Cuarta del H. Consejo de Estado en reciente pronunciamiento fijó una nueva postura frente a la legitimación en la causa que tienen las aseguradoras para demandar los actos que imponen al contribuyente sanción por devolución improcedente, resaltando que dicha entidad es la que expide la correspondiente póliza que se anexa con la solicitud de devolución como garantía a favor de la Nación, en tal sentido si tiene legitimación para presentar directamente la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho por tener relación directa con el asunto objeto de debate.
Así mismo precisó que la legitimación de la que goza el garante con responsabilidad solidaria, que ha expedido la póliza para cubrir el riesgo que conlleva la devolución de un saldo a favor, de ejercer el derecho de defensa frente a los actos sancionatorios, trae consigo que con su actuar puedan ser anulados total o parcialmente los actos sancionatorios, y con esto resulte modificada la situación del contribuyente sancionado, siendo posible que con las resultas de un proceso judicial sea beneficiado quien cometió el hecho sancionable contemplado en el artículo 670 del Estatuto Tributario, incluso sin haber participado en instancia alguna en defensa de sus intereses.
Consejo de Estado, Sección Cuarta, Consejero: Milton Chaves. Sentencia del 1ero de Marzo de 2018. Radicado interno: 22229.(Nota de relatoría extraída de la providencia y difundida por el Despacho de la Dra. María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena: Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico)
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