Tema: Recurso procedente frente a decisiones de la Superintendencia de Servicios Públicos depende de la delegación de funciones.

2018-04-01T00:00:00.000Z

En contra de las decisiones de la Superintendencia de Servicios Públicos, sólo cabe el recurso de reposición, pero cuando haya habido delegación de funciones, por funcionarios distintos al presidente de la República, contra los actos de los delegatarios cabrá el recurso de apelación.
Las funciones de inspección, vigilancia y control atribuidas al presidente, fueron delegadas a la Superintendencia de Servicios Públicos, a través del superintendente y sus delegados. Es decir, la delegación del presidente de estas funciones, comprende no solo al superintendente sino a sus delegados; sin embargo, el recurso de apelación procede contra los actos del delegatario, siempre que la delegación de las funciones se haya hecho por funcionario distinto al presidente de la República.
CONSEJO DE ESTADO. SECCIÓN QUINTA. Consejero ponente: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO. Sentencia de fecha abril doce (12) de dos mil dieciocho (2018). Radicación número: 25000-23-24-000-2008-00198-01(Nota de relatoría extraída de la providencia y difundida por el Despacho de la Dra. María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena: 'Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico.')
Categorías del artículo

Archivos