Tema: Régimen especial de pensión de jubilación de los congresistas / Régimen de transición de los congresistas / Régimen de congresista incorporado.
2018-04-01T00:00:00.000Z
La Sala Plena de la Sección Segunda del Consejo de Estado, avocó el conocimiento de un proceso seguido por Fonprecon en contra de un particular ex congresista, a través del cual se pretende obtener la nulidad del acto administrativo a través del cual se afilió al demandado y se reliquidó la pensión de jubilación reconocida por el ISS.
Se trata de una persona a la que le fue reconocida una pensión de jubilación por aportes por el ISS, que luego tomó posesión del cargo en calidad de Representante a la Cámara desde el 1 de agosto de 1999, por lo cual el ISS suspendió el pago de la pensión y que la labor legislativa la ejerció hasta el 30 de diciembre de 2000.
Posteriormente solicitó su afiliación y la reliquidación de la pensión, a lo que accedió el ISS, a pesar que, a juicio de la entidad, el actor no cumplía con las exigencias del régimen de transición para beneficiarse de la aplicación de la Ley 4 de 1992, entre otras normas, por no ostentar la calidad de congresista para el 1 de abril de 1994.
Señaló la Sección Segunda del Alto Tribunal que en estos asuntos se debe dilucidar cuáles son los excongresistas que tienen derecho a obtener el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación al amparo del régimen especial regulado por el Decreto 1359 de 1993, en forma directa o por aplicación del régimen de transición, como también quiénes son beneficiarios de ese régimen especial bajo la figura del congresista reincorporado, ello en atención a que respecto de esta temática existe disparidad de criterios al interior de las Subsecciones de la Sección Segunda del Consejo de Estado, situación que tornó necesario que se avocará el conocimiento del proceso con el fin de proferir sentencia de unificación.
Consejo de Estado. Sección Segunda. Sala Plena. Auto de 1 de marzo de 2018. Rad. 2013 -05893-01 NI. 0815-2015.(Noticia y relatoría extraída de la providencia. Difusión del Despacho de la Magistrada María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena: “Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico).