Tema: Requisitos para acceder a la garantía de no extradición.
2018-02-01T00:00:00.000Z
La Sección Primera del Consejo de Estado reiteró en providencia del 12 de enero de 2018 que tal como lo señaló en el proveído del 9 de noviembre del 2017, para acceder a la garantía de no extradición, la norma aplicable es la dispuesta en el Acto Legislativo 01 de 2017 […] Por lo tanto, los requisitos que deben cumplirse son: i) Que la Oficina del Alto Comisionado para la Paz haya acreditado que el interesado es integrante de las FARC- EP, a partir de los listados que un miembro autorizado de dicha organización le remitiera con anterioridad y, ii) Que el interesado se haya sometido al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR).
CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA. Consejero ponente: OSWALDO GIRALDO LÓPEZ. Bogotá, D.C., doce (12) de enero de dos mil dieciocho (2018). Radicación número: 11001-03-24-000-2017-00427-00. (Relatoría tomada de la providencia y difundida por el Despacho 01 del Tribunal Administrativo del Magdalena) “Desde el Magdalena fortaleciendo el conocimiento jurídico”
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Acto Legislativo 01 de 2017
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