TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA CONFIRMA NEGACIÓN DE PRETENSIONES EN DEMANDA SOBRE HOMOLOGACIÓN E INCREMENTO SALARIAL EN EL ESCALAFÓN DOCENTE

2026-02-24T05:00:00.000Z

Problema jurídico: En el presente caso se debe establecer de acuerdo con los fundamentos de la apelación incoada por la parte actora, si para el año 2008 y 2009 el reajuste salarial de los docentes se efectuó desconociendo el derecho a la igualdad y los artículos 46 y 49 del estatuto docente.

Conclusión: En conclusión, los incrementos salariales diferenciados aplicados por el Gobierno Nacional a los docentes en los años 2008, 2009 y 2011 se encuentran amparados por la facultad legal establecida en la Ley 4 de 1992 y desarrollada en el Decreto Ley 1278 de 2002, en concordancia con los principios del estatuto docente. 68. Dichas medidas, lejos de ser arbitrarias, responden a criterios objetivos como el grado y nivel escalafonario, los cuales se determinan según la formación, experiencia y desempeño profesional del educador. Bajo ese entendido, no se acreditó que estas diferencias constituyeran una vulneración al derecho a la igualdad ni al trabajo, pues se trata de situaciones jurídicas no comparables. En consecuencia, el tratamiento salarial diferenciado resulta legítimo y constitucional, siendo procedente confirmar la decisión de primera instancia que negó las pretensiones del actor.

Decisión: Confirmar la sentencia anticipada proferida el 20 de junio de 2025 por el Juzgado Cuarto Administrativo de Santa Marta, que negó las pretensiones de la demanda, conforme a las razones expuestas previamente.

Glosario: 

Asignación salarial diferenciada
Estructura remunerativa que establece variaciones en el salario según el grado, nivel, formación académica o régimen aplicable al servidor público.

Carrera administrativa especial docente
Régimen jurídico particular que regula el ingreso, ascenso, permanencia y retiro de los docentes oficiales, con reglas propias distintas a la carrera administrativa general.

Escalafón docente
Sistema de clasificación que organiza a los docentes según su formación, experiencia y evaluación, determinando su ubicación en grados y niveles que inciden en su salario.

Trato diferencial razonable
Distinción jurídica válida cuando se fundamenta en criterios objetivos, proporcionales y constitucionalmente admisibles.

Datos de la sentencia

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47001333300420240019501

Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho

Asunto: Incremento salarial docente según grado del escalafón/ Se confirma la decisión apelada que negó las pretensiones de la demanda

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Equipo Despacho 01

Tribunal Administrativo del Magdalena

 

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