TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA REITERA QUE NO TODA ABSOLUCIÓN GENERA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD

2025-02-12T05:00:00.000Z

Tesis

El Tribunal Administrativo del Magdalena reiteró que la absolución en un proceso penal no implica de manera automática la configuración de una privación injusta de la libertad, cuando la medida de aseguramiento fue impuesta conforme a la ley, con sustento probatorio suficiente y bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad.

Consideraciones:

La Sala resolvió el recurso de apelación interpuesto dentro del medio de control de reparación directa promovido por el señor Yobani Aníbal Miranda Mier y otros contra la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y la Fiscalía General de la Nación, mediante el cual se pretendía la declaratoria de responsabilidad patrimonial del Estado por la privación de la libertad de la que fue objeto el demandante en el marco de un proceso penal adelantado en su contra.

La parte actora fundamentó sus pretensiones en que el señor Miranda Mier fue privado de la libertad como consecuencia de una medida de aseguramiento impuesta dentro de una investigación penal, y que posteriormente fue absuelto, circunstancia que —a su juicio— tornaba antijurídica la restricción de su derecho fundamental a la libertad personal.

El Tribunal recordó que, conforme a la jurisprudencia constitucional y contencioso administrativa vigente, la responsabilidad del Estado por privación injusta de la libertad no opera de forma objetiva ni automática, sino que exige verificar si la medida restrictiva fue ilegal, arbitraria o desproporcionada al momento de su imposición, con base en los elementos de juicio existentes.

En el caso concreto, la Sala encontró acreditado que la medida de aseguramiento fue decretada con observancia de los requisitos previstos en la Ley 906 de 2004, sustentada en los elementos materiales probatorios recaudados durante la investigación penal, y orientada a la protección de los fines constitucionales del proceso penal, sin que se demostrara arbitrariedad, desproporción o ausencia de fundamento legal.

Así mismo, concluyó que no se probó la existencia de una falla en el servicio, ni la configuración del título de imputación de daño especial, ni una mora judicial atribuible a las entidades demandadas que hiciera antijurídica la privación de la libertad. En consecuencia, determinó que no se configuraba la responsabilidad patrimonial del Estado.

Glosario Jurídico:

Privación injusta de la libertad: daño antijurídico que se configura cuando la restricción del derecho a la libertad personal carece de sustento legal o resulta arbitraria o desproporcionada.
Medida de aseguramiento: decisión judicial que limita la libertad personal del imputado durante el proceso penal, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Reparación directa: medio de control mediante el cual se pretende la declaratoria de responsabilidad patrimonial del Estado por daños antijurídicos.
Falla en el servicio: título de imputación que se configura cuando la administración actúa de manera irregular o contraria a la ley.

Datos de la sentencia
Tribunal Administrativo del Magdalena – Despacho 01
Sentencia de segunda instancia
Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana
Fecha: 12 de febrero de 2025
Radicación: 47001-33-33-004-2019-00432-01
Medio de control: Reparación directa
Asunto: Privación injusta de la libertad – Confirma negativa de pretensiones

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Equipo Despacho 01
Tribunal Administrativo del Magdalena

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